Miércoles, 29 Noviembre 2017 18:03

En Comisión Legislativa aprueban cambios legales para prevenir y sancionar la contaminación por ruido

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Para evitar la saturación por ruido los diputados que integran la Comisión de Asuntos Metropolitanos del Congreso Local aprobaron el dictamen para reformar tres leyes y de esta manera inhibir, prevenir y sancionar la contaminación acústica.

Este documento, que aún debe sortear el mismo trámite en otras tres comisiones y posteriormente en el Pleno, busca incluir en la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente el concepto: “contaminación acústica”, que lo describe como aquellos sonidos que rebasan los máximos permitidos en las normas oficiales por su intensidad, duración o frecuencia, impliquen daño, riesgo o perjudique el bienestar de las personas, con independencia de cuál sea la fuente que los origine.

Otro artículo de esa misma legislación señala que las autoridades estatales y municipales responsables en la materia deberán contar con un sistema de atención disponible las 24 horas, para recibir y atender reportes de contaminación acústica, debiendo acudir a verificar los decibeles y levantar constancia para en caso de que el nivel sonoro rebase la norma.

Parte del espíritu de la reforma es regular y prohibir el ruido excesivo en domicilios de particulares, pues al día de hoy sólo era posible proceder en contra de establecimientos comerciales.

“En los casos de competencia municipal cuando el infractor sea un particular la autoridad municipal deberá citarlo para que acuda en día y hora específica con un juez calificador para que determine la naturaleza y monto de la sanción correspondiente. En caso de que este no se presente injustificadamente ante la autoridad administrativa el día y hora fijado, el juez calificador fijará la multa que estime conveniente y se tendrá por desahogado el derecho de audiencia y defensa del infractor”, señala la propuesta de redacción en el Artículo 102 de la citada ley.

Será obligatorio respetar límites y horarios establecidos en las normas oficiales mexicanas al realizar las siguientes actividades: cuando se utilicen altavoces fijos o móviles, en toda clase de propaganda comercial, industrial o de actividades de ocio. Cuando se empleen equipos de audio, video o aparatos en inmuebles de uso habitacional y al realizar conciertos masivos contiguos a zonas habitacionales o de uso mixto habitacional.

Igualmente queda prohibido que los municipios otorguen licencias para salones y terrazas de fiesta en los centros de población si no se demuestra que han implementado las medidas preventivas encaminadas a contener el ruido que produzcan, mediante el uso de materiales de aislamiento o contenedores o limitadores de sonido.

Las sanciones por causar contaminación por ruido serían las siguientes:

Multa por el equivalente de 30 a 35 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometer la infracción, si la sanción es por generación de ruido excesivo la multa no podrá exceder, en ningún caso, de quinientas unidades de medida y actualización.

En casos de reincidencia, cuando las infracciones generen efectos negativos al ambiente o a la salud o perjudiquen el bienestar de las personas.

En caso de reincidencia, el monto de la multa será hasta tres veces de la cantidad originalmente impuesta, sin exceder del doble del máximo permitido, así como la clausura definitiva. Se considera reincidente al infractor que incurra más de una vez en conductas que impliquen infracciones a un mismo precepto, en un periodo de un año.

Cuando en un año de calendario un establecimiento comercial sea efectivamente sancionado en más de dos ocasiones por rebasar los límites sonoros de la norma, será clausurado definitivamente y su licencia revocada.

En el caso de infracciones por emisión de ruido, la gravedad de la sanción será calificada atendiendo el número de decibeles que sobrepasen la norma oficial aplicable al caso concreto y el número de personas afectadas.

Uno de los transitorios del dictamen señala que cada municipio habrá de determinar cual es la instancia a su cargo que será responsable de cumplir con esta nueva reglamentación. Cabe destacar que en esta propuesta de cambio legal participó activamente la Cruzada Contra el Ruido, agrupación ciudadana que pugna por el respeto a los demás en cuanto a contaminación auditiva.

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